jueves, 2 de junio de 2011

Sistemas mixtos

Sistemas mixtos

Existen sistemas juridicos que no aceptan una clasificacion estricta, ya que no pertenecen a un solo sistema juridico, sino que tienen una combinacion de dos o mas sistemas, por lo cual han sido llamados mixtos o hibridos; estos sistemas pueden ser uan combinacion del sistema neorromanista, del common law o de uno religioso.

A este tipo de sistemas pertenecen Israel, al contar con los sistemas del common law y un sistema religioso, el musulman.
Sus fuentes formales son la legisacion como la mas importante, otro son los precedentes, que son normas emanadas de las desiciones judiciales que resultan de la resolucion de una juez en un caso concreto y que debe de acatarse para futuros casos analogos al resuelto.

Otro pais perteneciente a los sistemas  mixtos es Japon, al contar con el sistema neorromanista, al common law y a la tradicion japonesa. 
Japon posee un sistema democratico de gobierno, en donde todos los ciudadanos adultos poseen el derecho de elegir y ser elegidos en las elecciones nacionales y regionales.

El poder Legislativo esta representado por la Dieta, que a su vez se compone de dos camaras, la de Representante ( como en el sistema del common law) y la de Consejeros, que es el  unico organo que promulga las leyes.

A este sistema mixto tambien pertenece la India, en el que se puede obserar que cuenta con tres sistemas juridicos diferentes, dos de tipo religioso, el hindu y el islamico, y el common law. 

En la india la organizacion de los Estados es de estructura parlamentaria, en las antiguas provincias britanicas, el gobernador es nombrado por el Presidente de la Republica; en los antiguos Estados principescos es elegido por la Asamblea local y confirmado por el Presidente de la Republica.


Socialismo

De los diversos sistemas jurídicos o familias jurídicas, que existen en el mundo, el más joven y el que apareció como una noción revolucionadora del, del derecho, es el de derecho socialista. Su concepción original y originaria de toda una serie de instituciones, hicieron que separara diametralmente de las otra familias jurídicas.


Al respecto, los comparatistas suelen hablar de familias jurídicas, sistemas jurídicos o tradiciones jurídicas como nociones diferentes, no obstante, en este trabajo consideraremos dichos conceptos como sinónimos, definiéndolos de la manera en que Merryman entiende la noción de tradición jurídica. Una tradición jurídica, como el término lo indica, no es un conjunto de normas jurídicas acerca de contratos, de asociaciones y de delitos, aunque tales normas serán casi siempre en cierto sentido n reflejo de esa tradición. Son más bien un conjunto de actitudes profundamente arraigadas, y condicionadas históricamente acerca de la organización y de operación de un sistema jurídico y acerca del modo como el derecho debe crearse, aplicarse y estudiarse, perfeccionarse y enseñarse. Tradición jurídica relaciona el sistema jurídico con la cultura de la cual es una Merryman entiende el concepto de sistemas jurídico como: un cuerpo operativo de instituciones, procedimientos y normas jurídicas de países u organizaciones. El derecho se transforma, esta una verdad innegable, el derecho es mutable, se redefine situación que se puede constatar a lo largo del devenir histórico de las naciones. Posiblemente el cambio más transcendental que se ha experimentado en este siglo en el campo jurídico, ha sido la construcción de una familia jurídica, la del derecho socialista y la transformación radical que ha sufrido la misma a finales del presente siglo.





El propósito del estado socialista o del derecho socialista es la igualdad de todos los hombres y que no existía la explotación del hombre por el hombre. El derecho aparece en las leyes políticas y económicas de la sociedad socialista, se requiere un país ordenado y unido, donde el trabajo no seas explotado por el capitalista, donde todo le pertenece al estado y busca el bien común a nivel colectivo. Administra el país conforme a la ley y construir un país jurídico socialista indico Li Peng, es la estrategia fundamental del nuestro partido para dirigir al pueblo y administrar el país, la que consta la constitución. Es necesario “contar con la ley en que apoyarse observarla necesariamente, cumplirla rigurosamente y castigar según ella”, de lo cual “contar con ley en que apoyarse” es la base, dijo.

El sistema federal de Estados Unidos

Durante esta semana estuvimos analizando como es el sistema federal de los Estads Unidos de Norteamèrica, el cual está basado en la teoría de la separación de poderes, el gobierno está dividido en tres ramas: Legislativa, Ejecutiva y Judicial.

Cada rama tiene una esfera de competencia propia y poderes que le permiten limitar las acciones de las otras dos ramas. Las finalidad de este sistema es evitar la tiranía qué ocurriría si una rama del gobierno concentrará demasiado poder y dominara a las otras dos.

El poder Legislativo se conforma por el Senado y la Cámara de Representantes, el Senado está compuesto por dos miembros de cada Estado, Mientras que los miembros de la Cámara de Representantes se basan en la población de cada Estado

El poder ejecutivo, esta encabezado por el presidente aunque tambien existe la figura del vicepresidente; aunque el presidente de Estados Unidos es a la vez jefe de estado y jefe de gobierno, y el vicepresidente accede a Presidente de los Estados Unidos cuando el primero fallece, hay una dimisión o destitución de èste.

El poder judicial,radica en la Corte Suprema y de de unen aquellos tribunales inferiores que el Congreso al niño en el transcurso del tiempo pueda ordenar y establecer.

Derecho musulmán

Derecho musulmán

El hecho de que la ciencia jurídica musulmana se haya formado y consolidado durante la Alta Edad Media explica ciertos rasgos del Derecho Musulmán: El carácter arcaico de algunas de sus instituciones, su aspecto místico y su ausencia de sistematización.
No obstante, la característica esencial es la originalidad total que presenta el Derecho Musulmán, por su propia naturaleza, cuando se le compara con los restantes sistemas jurídicos, en general, y con el Derecho Canónico, en particular.

Este derecho en si no forma parte del derecho público al menos en su formulación.
Derecho penal
No hace distinción entre pecado y delito. En varios casos no era la autoridad la que ponía los castigos sino el propio afectado.
se dividen en tres:

• Delitos de sangre: las penas son el talión y la composición esto era que por los delitos cometido se le daba cien camellos dependiendo del delito y de no haber camellos se daba el equivalente a ellos
• Delitos contra la religión: entre estos están la apostasía y la blasfemia que eran castigados por 100 azotes, calumnia con 80 azotes, hurto amputación de la mano derecha, el toma su pena era de 40 azotes, bandolerismo azotes o pena de muerte.
• Delitos nocivos para la buena convivencia: son los que presentan otra transgresiones a los preceptos divinos las penas son las que presentaba el juez en cuanto a las penas ya existentes.
Derecho de familia lo que más importaba no era el individuo en sí, si  no como parte de una familia; M el Corán nos mencionaba que los hombres musulmanes podían tener  cuatro esposas a las cuales les tenía que dar lo mismo y el número de concubinas era indefinido.


El Gladiador


El gladiador

Para poder comprender mejor a la familia Neorromanista en clase se analizo la pelicula del Gladiador desde un punto de vista juridico.

En la película podemos observar que los gobernantes no eran elegidos por el pueblo sino que era una sucesion de poder meramente familiar,ya que si el rey moria su sucesor era su hijo, y aunque el pueblo estuviera incorfome esa era la ley, por lo que en la pelicula el hijo de Marco Aurelio, llamado Comodo, al ver que su padre estaba en agonia decide mtarlo para de esta manera poder quedarse con el poder del reino.

Para ganarse al pueblo decide organizar juegos en el coliseo durante varios meses, donde también decide reabrir las peleas de gladiadores.

También podemos observar que las Personas libres Podian Convertirse en esclavos, Cuando perdian el status civitatis y el familiae, tambien era llamada 
muerte civil en Roma era también llamada capitis deminutio máxima y, consistía en la perdida del estado de libertad y asimismo del civitatis y el familiae. Es decir, la persona pasaba a convertirse en esclavo, sin capacidad jurídica alguna, incapaz de tener una familia y de ser ciudadano, ni si siquiera según el derecho civil.

Familia del common law

El common law nacio en Inglaterra en la Edad Media con la creacion de los Tribunales Reales, los cuales se formaron por las decisiones judiciales de los tribunales, las desiciones se basaron en las costumbres de las tribus germanas que habitaban en la isla.
Este sistema jurídico prevalece en Inglaterra y  además rige en Estados Unidos de Norteamérica,Canadá, Australia y Nueva Zelandia, entre otros.
No hay fecha exacta para citar el inicio de la formación del common law, pero comúnmente es el año 1066,Cuando los normandos conquistaron Inglaterra derrotando a los nativos en la famosa batalla de los Hastings.
Ese derecho se va formando por las decisiones judiciales (precedentes)emanadas de los tribunales reales, podemos decir que este derecho es puramente jurisprudencial, es decir que emana del poder judicial; por ello decimos que el derecho fue creado por el juez y lo hace al ir resolviendo controversias que se generan entre los particulares.

Como fuentes del derecho ingles tenemos: 

El precedente.- El cual consiste en que las resoluciones que se han dado a casos anteriores pueden ser utilizados en un futuro puesto que  puede haber similitudes entre ellos y cuando no había p
recedentes se recurria a la costumbre.

La legislacion.- El parlamento es quien tiene el poder de promulgar, revocar o alterar las leyes, tanto como crea conveniente


La costumbre. - Esta es una fuente secundaria de derecho inglés,ya que es un derecho jurisprudencial y no consuetudinario.
La razón.- Es buscar la solución razonable al litigio cuando no existe en la materia ningún precedente ni ninguna costumbre obligatoria, esta basa principalmente en el juez quien tiene que decidir sobre algun conflicto, pero tiene que hacerlo solamente por mera conciencia.

La doctrina.- Cuando no se encuentra algún precedente o análogo a un caso podemos recurrir a los libros legales para guiarnos, esto no quiere decir que dichos libros vayan a darnos la solucion.